La nulidad matrimonial es el procedimiento judicial que busca que se declare nula una unión matrimonial que se había celebrado, aparentemente, con total validez. En nuestro ordenamiento jurídico existen dos tipos de nulidades matrimoniales: la nulidad civil y la nulidad eclesiástica.
La nulidad civil es aquella que declara que el matrimonio que se había celebrado nunca ha existido. Es decir, el principal efecto del procedimiento de nulidad civil es que se tiene el matrimonio como no celebrado, es algo que no existió nunca. La excepción a este efecto la encontramos respecto a las medidas que deben tomarse en referencia a los hijos menores de edad y al cónyuge de buena fe.
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